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Pensiones

Descripción del producto

pensionesLas pensiones son una prestación económica que obtienen los afiliados al sistema General de Pensiones a través de las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) y/o Colpensiones, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos según el régimen en el que se encuentren.

 

PENSIONES OBLIGATORIAS

Descripción del producto

  • Es el ahorro obligatorio que deben hacer los trabajadores Colombianos dependientes o independientes para asegurar un ingreso mensual en la vejez o ante una invalidez. Igualmente la pueden recibir los beneficiarios en caso de fallecimiento cotizante o pensionado.
  • Si el trabajador es Dependiente su ahorro está conformado por los pagos que se realizan obligatoriamente cada mes y que equivalen al 16% del salario. El empleador asume el 12% y el empleado debe aportar el 4%
  • Si el trabajador es independiente, debe asumir el total del porcentaje (16%) y realizar la consignación
  • El traslado entre Regímenes tiene una permanencia mínima de 5 años
  • El traslado entre Fondos se puede realizar después de cumplir 6 meses en el fondo anterior

Coberturas

  • Pensión de Vejez : La pensión por vejez es un ingreso mensual de por vida que se obtiene al cumplir 62 años si es hombre, o 57 si es mujer, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos según el régimen en el que se encuentre. Régimen de Prima Media con Prestación Definida RPM administrado por Colpensiones o Régimen de Ahorro individual con Solidaridad RAIS administrado por los fondos privados
  • Pensión de Invalidez: Es una prestación económica que entrega un pago mensual si una autoridad competente define la perdida de la capacidad laboral en un 50% o más, por una causa no profesional ni provocada voluntariamente.
  •  Para tener este derecho, se debe haber cotizado 50 semanas o más en los tres años anteriores a la fecha en la cual se produjo le enfermedad o el accidente
  •  Pensión de Sobrevivencia: Esta pensión se paga a los beneficiarios del afiliado o pensionado que ha fallecido.

Cómo lo puedo adquirir

Únicamente se requiere fotocopia de la cedula y diligenciar el formulario del Fondo elegido, para esto puede solicitar una visita personalizada, en donde se prestarán los siguientes servicios:

  • Afiliaciones Nuevas: Trámite de afiliación a personas que nunca han cotizado a pensión
  • Traslados: Trámite de traslado al Fondo de su preferencia
  •  Para cumplir con la obligación de afiliación y cotización al Sistema General de pensiones y en alianza con los Fondos privados de Pensión, Correcol ha puesto a su disposición un grupo de profesionales que prestan servicio de asesoría en torno al sistema general de pensiones ofreciendo las diferentes alternativas del mercado para que elija la de su preferencia.

PENSIONES VOLUNTARIAS

Descripción del producto

Es una forma de ahorro voluntario que le da al trabajador vinculado o independiente, la posibilidad de complementar la pensión obligatoria, obtenida durante su vida laboral o cumplir alguna meta de ahorro diferente.
Los fondos de Pensiones Voluntarios fueron creados buscando incentivar en los trabajadores el ahorro para su pensión de vejez, ofreciendo un beneficio tributario, sin embargo con el trascurrir del tiempo se ha visto su ventaja no sólo para este fin sino como ahorro para compra de vivienda y otras metas a largo plazo.

El ahorro en pensiones Voluntarias puede realizarse de forma individual y voluntaria por el trabajador o existen planes institucionales que son aquellos que conforman las empresas directamente con diferentes objetivos.

Coberturas o Beneficios:

Al abrir una cuenta de Pensión Voluntaria tendrá beneficios tributarios debido a que estos aportes son considerados como renta exenta hasta los límites definidos por ley y adicionalmente cuenta con los siguientes beneficios:

  • Los rendimientos financieros generados por los aportes serán exentos de retención en la fuente mientras permanezcan en el Fondo por un periodo de 10 años.
  • Los aportes están exentos del gravamen a los movimientos financieros del 4 X 1000
  • Para conservar todos los beneficios tributarios sobre el ahorro los recursos deben permanecer 10 años o ser usados para compra de vivienda

Adicionalmente Correcol le asesorará y realizará acompañamiento en los siguientes temas mediante visitas personalizadas:

  • Vinculación y apertura de cuentas en Pensiones Voluntarias en el Fondo de su preferencia ( Protección, Porvenir, Colfondos y Old Mutual)
  • Asistencia y asesoría en planeación financiera y tributaria ofreciendo diferentes canales de inversión ya sea de un capital específico o a través del ahorro periódico voluntario.
  • Simulaciones financieras con diferentes escenarios para analizar el impacto tributario y los beneficios que pueden obtener a través de Pensiones Voluntarias
  • Información actualizada del comportamiento de los portafolios de los Fondos con los cuales se tiene convenio.
  • Asesoría a la empresa sobre apertura y beneficios de los planes institucionales y acompañamiento en la estructuración de los mismos
  • Revisión de fichas técnicas de los diferentes portafolios, comportamiento, rentabilidad, costo de administración y demás temas relevantes para le elección del fondo donde depositará su inversión

Cómo lo puedo adquirir

  • Fotocopia de la Cédula
  • Firma del Formulario del Fondo de su elección
  • Al abrir la cuenta de Pensión Voluntaria podrá hacer aportes únicos o periódicos y elegir en que AFP (administradora de Fondo de Pensión) y en que Portafolio de Inversión del mismo quiere colocar sus recursos dependiendo de su Perfil de Riesgo.

CONMUTACIÓN PENSIONAL

Descripción del producto

Es un mecanismo de normalización pensional a través del cual un empleador que tiene pensiones a su cargo, decide trasladar estas obligaciones de forma definitiva a Colpensiones, a una Compañía de Seguros o a una AFP (Administradora de Fondo de Pensión) mediante el pago de una suma única.

Fue creada con el propósito de que los empleadores que enfrentan la posibilidad de incurrir en incumplimiento del pago de sus obligaciones actuales o eventuales en materia de pensiones, puedan ser sustituidos en esta obligación.

En general cualquier empresa o empleador con pensiones a su cargo debe ser consciente de que el pago de las mismas, al no hacer parte de su verdadera misión de negocios, financiera y operativamente representa una debilidad que le resta competitividad a las aspiraciones de su empresa y al adecuado desarrollo de su verdadero negocio

Tiene por objeto lograr que se pague a quienes tengan o lleguen a tener derecho a ella, la respectiva mesada pensional en el monto que corresponda al momento de la conmutación de acuerdo con la ley o la convención o pacto colectivo

Coberturas:

  • Mediante la conmutación, la obligación pensional se traslada en su totalidad a la entidad con quien se conmuta, pues al trasladar la suma a la que equivalga el cálculo actuarial respectivo, desaparece la obligación a cargo del empleador
  • La aseguradora asume los riesgos financieros y de extralongevidad a que están sometidas las pensiones. 
  • La administración de pensiones involucra una serie de gastos no cuantificados normalmente en el cálculo actuarial de la obligación, los cuales atentan contra la eficiencia operativa y financiera de su negocio.

Cómo lo puedo adquirir

Se debe entregar listado completo que contenga:

Titular de la pensión

  • Nombre
  • Fecha de nacimiento 
  • Número de Identificación 
  • Género
  • Estado Civil
  • Monto de la pensión del año en curso
  • Tipo de pensión
  • % Cotización de salud a cargo de la aseguradora

Beneficiarios vitalicios de la pensión

  • Fecha de nacimiento
  • Género
  • Parentesco con el titular

Beneficiarios temporales de la pensión

  • Fecha de nacimiento del hijo invalido
  • Genero
  • Parentesco

Nota: Únicamente incluir a hijos válidos menores de 26 años

Pensiones especiales que se comparten con Colpensiones

  • Historia Laboral
  • Semanas de Cotización.

Con esta información se procede a la búsqueda de aseguradoras en el Mercado que quieran participar en el proceso de Conmutación a través de una Renta Vitalicia y de AFP (Administradora de Fondo de Pensiones) que quieran participar en el proceso de Conmutación a través de Retiro Programado.


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